Los últimos años han supuesto grandes desafíos socioeconómicos. La globalización y el desarrollo tecnológico han acuciado los efectos de la pandemia, las crisis económicas derivadas de guerras y la crisis climática, han puesto de manifiesto la necesidad de un cambio en nuestro sistema formativo para poder responder a las exigencias de la sociedad actual. El fuerte cambio tecnológico y económico al que estamos sometidos exige una adecuada cualificación y flexibilidad del capital humano para adaptarse a las circunstancias cambiantes de la economía y de la tecnología.
Esto hizo plantearse a la Unión Europea la necesidad de reinventar el modelo de Formación Profesional para que fuera aún más capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida laboral y a las demandas reales de los sectores productivos. Todo este proceso comenzó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional que tiene como objetivo principal implementar un sistema único ágil y eficaz que permite la cualificación y recualificación permanente de las personas a lo largo de su vida laboral y que se configura como un sistema más flexible que ajusta la oferta formativa a la demanda de trabajo.
El pasado mes de julio entró en vigor la norma que desarrolla esta Ley Orgánica, el Real Decreto 659/2023 de 18 de julio que establece la ordenación del Sistema de Formación Profesional en España. Esta norma desarrolla el nuevo modelo integral con ofertas de formación tanto para jóvenes como para personas trabajadoras con varias figuras nuevas como el responsable de innovación, el de internacionalización o el coordinador del servicio de orientación profesional.
Además, se acerca la FP a la ciudadanía multiplicando y diversificando su oferta e impulsando una estrategia de orientación profesional al servicio de las y los ciudadanos.
Supone uno de los mayores cambios que ha sufrido nuestro sistema. Así, que si estás pensando en estudiar formación profesional o eres docente te estarás preguntando ¿Y esto cómo me va afectar?
Te cuento las novedades más importantes:
- La nueva FP fusiona toda la oferta de formación profesional, la dirigida a personas trabajadoras, a personas desempleadas y al alumnado que elige el itinerario profesionalizador. Y esto va a suponer que se avance en un sistema de aprendizaje a lo largo de la vida permitiendo capitalizar toda la formación que se certifique, o, con otras palabras, la FP se configurará como piezas de puzle relacionadas con los estándares de competencia, cada vez que superemos y/o evidenciemos que poseemos este conocimiento teórico o práctico se nos reconocerá y si decidimos completar las titulaciones serán reconocidos estas titulaciones teniendo que superar sólo lo que nos falte.
- Toda la FP se estructura en grados y en niveles de profesionalidad (del 1 al 3). En concreto, tendremos cinco grados que van de la letra “A” a la “E”. Cada grado nos ofrecerá una formación y cualificación concreta:
Grado A. Acreditación parcial de la competencia. Es decir, una formación compuesta por algunos resultados de aprendizaje.
Grado B. Certificado de competencia. Es decir, formación de módulo asociado a estándares de competencia del Catálogo Nacional.
Grado C. Certificado profesional. Es decir, un conjunto de módulos asociados a estándares de competencia del Catálogo (aunque en algunas CCAA podrá incluirse complementos formativos que sólo serán reconocidos por la citadas CCAA)
Grado D. Ciclos Formativos. En concreto tres grados: el Grado Básico y Grado Medio y el Grado Superior que ofrecerán la titulación de Técnico/a y Técnico/a Superior.
Grado E. Curso de especialización. Una vez superado un grado medio o superior.
- Con la entrada en vigor del RD de ordenación el pasado mes de julio de 2023 se han producido derogaciones de otras normas, en concreto:
- El RD 34/2008 de 18 de agosto que regula los certificados de profesionalidad,
- RD 1147/2011 de 29 de julio que establece la ordenación general de la FP del sistema educativo,
- El RD 127/2014 de 28 de febrero que se regulan aspectos específicos de la FP Básica,
- RD 1224/2009 de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Y según la Disposición derogatoria única en su apartado sexto todo lo que vaya en contra del RD.
- A partir de septiembre de 2024, es decir en próximo curso 24/25, todos los ciclos de la oferta de grado D (Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior) y los cursos de especialización del grado E se ajustarán a la nueva Formación Profesional, incluida la nueva estructura curricular establecida por el Real Decreto. ¿Y qué supone esto?
- En el Grado Básico, que se circunscribe a estándares de competencia de nivel de profesionalidad uno, su estructura curricular incluirá el ámbito de comunicación y ciencias sociales, ámbito de ciencias aplicadas y ámbito profesional que está compuesto por los módulos profesionales (formación necesaria para alcanzar un grado C de nivel 1) y el módulo de Itinerario Personal para la Empleabilidad, además, también incluirá un módulo denominado “proyecto intermodular” que deberá vincularse a los tres ámbitos anteriores, durará toda la formación y se desarrollará bajo un aprendizaje colaborativo por proyectos.
- En el caso de los Grados Medios y Superior desaparecen los anteriores módulos de FOL y EIE, el módulo de FCT, el módulo de libre configuración y el de Proyecto de Fin de Grado.
- Según el artículo 96 podremos distinguir tres tipos de módulos en los grados Medio y Superior: los módulos profesionales derivados del Catálogo de Estándares, catálogo modular, los módulos asociados a las competencias básicas: Itinerario personal para la Empleabilidad (I y II), Digitalización aplicada al sistema productivo, Sostenibilidad aplicada al sector productivo e inglés profesional; y el módulo de proyecto intermodular que será uno y se desarrollará a lo largo del ciclo formativo aunque será el centro educativo el que determine cuando comenzaría en el primer curso. Estos módulos compondrán la parte troncal de la oferta formativa que se complementará con al menos un módulo anual o dos cuatrimestrales optativos que tendrán una duración, al menos, de entre 80 a 160 horas. Los módulos optativos serán configurados por las CCAA.
- Los módulos asociados a las competencias básicas vienen a ofrecer una formación que pretende mejorar la empleabilidad del alumnado. El módulo de “Itinerario Personal para la Empleabilidad” se configura como un único módulo que se extiende a lo largo de toda la duración del Ciclo Formativo (IPE I y II). Tiene como objetivo desarrollar un proceso de autoorientación en el alumnado que le lleve a desarrollar e implementar su propio plan de desarrollo profesional y ofrecerá la posibilidad de trabajar y mejorar las soft skills y la competencia emprendedora según el marco europeo EntreComp.
- El nuevo módulo llamado “proyecto intermodular” pretende ofrecer una propuesta didáctica basada en metodologías activas que capacite aún más al alumnado para dar respuesta a problemas de la vida real que vivirán como profesionales.
- A partir de septiembre toda la FP será dual en los grados C y D y optativamente en el E, de hecho, ya no sería necesario utilizar el término porque es la naturaleza de la nueva FP y no hay otra en contraposición. Si podríamos distinguir entre formación profesional general e intensiva. ¿Qué va a suponer esto?
- En el caso de grado C, es decir un certificado profesional que está compuesto por módulos profesionales asociados a estándares de competencia de nivel 1, 2 o 3, se distinguirá una formación dual general para los niveles 2 y 3 que supondrá que entre el 25-35% de duración de la formación y del 10-20% de los resultados de aprendizaje se asuman y se impartan por la empresa u organismo equipado y para el nivel 1 esta duración se reducirá al 20%. Si el certificado se imparte bajo el sistema dual intensivo la formación que asumirá la empresa u organismo equiparado supondrá entre el 35 y 50% de la duración total del certificado y el 30% de los resultados de aprendizaje al menos.
- En el caso de la formación de grado D debemos distinguir:
- En el Grado básico al menos 20% horas totales de la formación y entre el 10-20% de los resultados de aprendizaje de ámbito profesional serán asumidas por la empresa u organismo equiparado.
- En los Grados Medio y Superior distinguimos entre el sistema en régimen general en el que la empresa u organismo equiparado asumirá entre el 25 y el 35% de horas totales y el 10 y el 20% de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales y en caso de acordar un régimen intensivo entre el 35 y el 50% de horas totales y al menos el 30% de los resultados de aprendizaje.
- En el caso de acogerse al sistema de FP intensivo sería necesario un contrato laboral que según la DT 5º (transición del sistema de beca a contrato laboral) esta obligación podrá aplazarse hasta el 31 de diciembre de 2028, aunque si así se acordara podría hacerse contratos formativos para la alternancia según el artículo 11 ET.
- Los módulos que podrá asumir la empresa son los módulos profesionales, es decir, aquellos asociados a estándares de competencia o los creados por la CCAA por necesidades del mercado y en ningún caso podrá asumir módulos completos. El alumnado no sustituirá las funciones de las personas trabajadoras y el periodo de formación en la empresa u organismo equiparado podrá realizarse en una o varias si fuera necesario.
- La formación en la empresa se desarrollará al menos un periodo en cada curso, excepto en la FP de Grado Básico si estamos ante menores de 16 años, sectores excepcionales o por movilidad.
- Cada persona tendrá su plan de formación siguiendo los modelos que desarrollarán las CCAA siguiendo la base del Anexo XVII del RD.
- En cuanto a las modalidades de la oferta del grado D se establecen tres: presencial, formación semipresencial y formación virtual. También se establece la modalidad modular de oferta, que se dirige a personas con necesidades educativas o formativas especiales.
- Se fomenta la calidad de la oferta formativa con varias propuestas:
- La disposición adicional 7 establece la obligación de la bajada de la ratio, si como estás leyendo. La reducción será progresiva poniendo como horizonte final el inicio del curso 28/29. Esto supondrá que en la formación presencial de los grados medio y superior (grado D) se establece el máximo de 25 estudiantes por docente y en el caso de grado básico (grado D) un máximo de 20.
- Los centros de Formación Profesional tendrán responsables de innovación, de internalización (si, ya será obligatorio en todos los centros), de coordinación del servicio de orientación profesional, emprendimiento y del procedimiento de acreditación y persona que ejerza la tutoría dual.
- Se deberá fomentar la participación en proyectos de innovación e investigación aplicada y se proporcionará la estabilidad de los equipos docentes implicados en estos proyectos de innovación, emprendimiento y movilidad. Si bien esto requiere del desarrollo de las diferentes CCAA que establecerán los requisitos y procedimientos. (art. 174.3 e))
- Se promoverá la formulación de planes de mejora y calidad.
- Los centros de excelencia tendrán entre sus obligaciones la detección de necesidades de perfiles en el sector o subsector profesional en el que se encuentren, así como colaborar en las revisiones curriculares (si, como lees, el profesorado propondrá las modificaciones de los diferentes desarrollos curriculares atendiendo a las necesidades reales del mercado), el proceso de transformación digital y metodológico e impulsarán acciones de formación del profesorado a nivel estatal.
- Y por último, creo que esta norma ha sido valiente al apostar por el cambio metodológico, para desarrollar competencias debemos ofrecer propuestas que faciliten su adquisición, por eso establece en el artículo 10 que la autonomía de los centros irá encaminada a favorecer la implantación de metodologías activas basadas en proyectos y retos, permitiendo la adaptación organizativa de los programas de formación de los grados C, D y E y en el artículo 13, al desarrollar los principios pedagógicos insiste en la incorporación de metodologías activas permitiendo realizar propuestas en las que no se distingan los módulos profesionales, organizando la propuesta alrededor de los resultados de aprendizaje que se trabajen en el reto o proyecto.
Estas son algunas de las novedades que nos encontraremos el curso próximo, te animo a leer la norma en profundidad y estar pendiente de la publicación de las diferentes normas autonómicas, aunque recuerda, que si no se publica, no será impedimento para la puesta en marcha de este sistema, dado que la disposición transitoria séptima establecía ya el pasado mes de julio que las administraciones competentes dispondrán de plazo hasta el próximo uno de enero de 2025 y si deciden no desarrollarla se aplicaría la normativa del territorio MEC.