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Informes
Configuración de la FPIA.2 Contexto socio–económico
Spain: overview of the Vocational Education and Training System in 2005
Realizar una descripción general del sistema de FP en España.
Entidad financiadora:
ReferNet España
European Centre for the Development of Vocational Training (CEDEFOP)
Comunidad Autónoma:Ámbito nacional
País/es participante:España
Objetivos / Hipótesis
Realizar una descripción general del sistema de FP en España.
Tipo de Investigación y Metodología
Investigación Descriptiva // Cualitativa
Detalle: Desde un enfoque cualitativo, se realiza este informe con un carácter descriptivo que pretende presentar el panorama actual de la FP en España a partir de la normativa vigente.
Muestra / Participantes
Detalle: Como muestra para la elaboración de este informe, se recurre a la legislación y a los informes nacionales que presentan la situación actual del sistema de formación profesional en España.
Instrumentos
Detalle: Para realizar este estudio descriptivo, se recoge la legislación educativa y laboral vigente en España, sobre las que se extraen datos cualitativos y objetivos sobre la estructura, características y funcionamiento de la FP a nivel nacional. Para ello, se consulta, entre otras fuentes, los informes del Ministerio de Educación, del Ministerio de Trabajo o los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Principales resultados
- Los objetivos generales de FP para el período 1998‐2002 se establecieron en el Nuevo Programa Nacional de Formación Profesional, un programa de trabajo de cinco años aprobado por el Consejo de Ministros en marzo de 1998.
- Desde 1997, el gobierno español ha introducido cambios importantes en la formación profesional. Como resultado de estas políticas, el número de jóvenes de entre 20 y 24 años que no han obtenido al menos un título de secundaria superior o que no están estudiando se redujo en un 19% entre 1997 y 2001.
- El sistema de Formación Profesional en España se organiza en tres subsistemas: Subsistema de Formación Profesional Inicial/Reglada (gestionado por el Ministerio de Educación y por las CC.AA.); Subsistema de Formación Profesional Ocupacional (gestionado por el INEM, las CC.AA. y otros); Subsistema de Formación Profesional Continua (gestionado de los agentes sociales, la administración pública y otros).
- La Formación Profesional Específica se estructura en dos niveles educativos: la Formación Profesional Específica de nivel medio y la Formación Profesional Específica de nivel superior (también denominados, respectivamente, ciclos formativos de nivel medio y superior). En ambos casos, su finalización conduce a una titulación profesional.
- El alumnado matriculado en programas de FP no siempre proviene de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), sino que pueden haber obtenido su Diploma de la ESO a través de la Escuela de Adultos o, simplemente, han aprobado los exámenes de ingreso diseñados para personas que carecen de requisitos de educación formal.
- Hay dos programas en los que se alterna la formación y el empleo: 1) contratos de formación y 2) los programas Escuela‐Taller y casas de oficio.
- Los contratos de formación se basan en un contrato mixto trabajo/formación que ofrece a los participantes un aprendizaje práctico y teórico, preparándolos para un trabajo u oficio con un nivel de cualificación oficialmente certificable.
- Las Escuelas‐Taller y casas de oficio ofrecen un programa mixto de empleo y formación destinado a mejorar las oportunidades laborales de los jóvenes desempleados menores de 25 años y facilitar su entrada en el mercado laboral. En el caso de Escuela‐Talleres, la duración de los proyectos es de un año como mínimo y máximo de dos, mientras que las casas de oficio tienen un año de duración.
- La educación no universitaria se puede dividir en cuatro categorías: 1) Formación Profesional Específica de Grado Superior; 2) Estudios que ofrecen un título equivalente a un título universitario pero que no se imparten en la universidad por su especial naturaleza (artes o carrera militar); 3) La educación postsecundaria conducente a los diplomas de Técnico Superior en Deportes; y 4) Los programas educativos regulados por legislación específica que ofrecen un título no comparable al resto de estudios.
- Los profesores de Formación Profesional son especialistas titulados para impartir la Enseñanza Profesional Específica y, en algunos casos, la Educación Secundaria Obligatoria ESO (Educación Secundaria Obligatoria) y el Bachillerato. La ley estipula que quienes no sean licenciados en una carrera de educación, deberán contar con el certificado de especialización docente (CAP).
- La última actualización del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, el Plan FIP, introdujo mejoras técnicas y administrativas en el plan y actualizó los importes de ayudas y subvenciones.
- La LOGSE (1990) incluye la orientación educativa y profesional entre los factores que mejoran la calidad de la educación y establece que las Comunidades Autónomas deben crear servicios especializados de orientación educativa y profesional dentro de los centros docentes del Régimen General. Según esta ley, la orientación es un derecho del estudiante y requiere servicios especializados.
- Se están creando equipos de apoyo a los establecimientos educativos y Equipos Educativos y Psicopedagógicos a nivel nacional.
- La orientación y asesoramiento para la formación profesional vinculada a las autoridades laborales (FPE) se ofrece en las oficinas de empleo de cada región y provincia.
Conclusiones
- El Nuevo Programa Nacional de Formación Profesional ha contribuido de manera importante a las políticas activas que promueven el empleo estable y la formación profesional y social tanto para docentes como en formación, así como el desarrollo de los recursos humanos en las empresas.
- La LOGSE introdujo la idea de participación de los interlocutores sociales en la planificación y gestión de la formación profesional bajo el nombre de “formación concertada” ya que implica una estrecha
relación e intercambio de servicios entre el sector empresarial y el sistema educativo.
- En España no existe un nivel intermedio entre la formación profesional específica de nivel medio y la formación profesional terciaria no universitaria.
- El hecho de que el 80% de las personas mayores de 50 años en España tengan un nivel educativo de 0‐2 según los indicadores de la OCDE, pone de manifiesto que el acceso a la educación general de la
población española es relativamente reciente. Además, este dato apunta a la tradicional falta de reconocimiento oficial de la experiencia profesional en España, así como el hecho de que el sistema
educativo no reconoce la educación no obligatoria al momento de otorgar su acreditación.
- Para mejorar esta situación, todos los organismos públicos están impulsando una política de educación y formación centrada en el aprendizaje permanente y el reconocimiento de la experiencia profesional a través del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- El gobierno español, con el asesoramiento del Consejo General de Formación Profesional, prevé establecer los criterios para el reconocimiento y validación de los certificados de aptitud ocupacional y
su relación con los títulos de formación profesional.
- El Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional es un elemento central de la nueva ley educativa española.
- En general, la FP en España se concibe como una formación que proporciona a las personas una formación flexible para adaptarse a posibles cambios en el mercado laboral y facilitar su entrada o reingreso en el mercado laboral, según las necesidades económicas del momento.
Observaciones
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