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Artículos
Formación Profesional DualD.2 Formación Profesional Dual a nivel estatal
El objetivo de este artículo es exponer que internacionalmente cada vez se acepta más la visión de la existencia de una gran variedad de modelos en los que se alterna la formación escolar y el aprendizaje en el puesto de trabajo, y que la formación dual aún se halla en un estadio muy incipiente en España.
Año:2016
Autor/es
Filiación:
Centro de Iniciativas e Investigaciones Europeas en el Mediterráneo
Comunidad Autónoma / Región:Cataluña
Revista:Revista Internacional de Organizaciones , Vol/nº: 17 , Páginas: 7-20
Palabras clave: formación profesional,formación profesional dual,formación en centros de trabajo
El objetivo de este artículo es exponer, por un lado, que internacionalmente cada vez se acepta más la visión de la existencia de una gran variedad de modelos en los que se alterna la formación escolar y el aprendizaje en el puesto de trabajo, de origen muy diverso, que no puede reducirse a la hipótesis de una progresiva implantación de un modelo germánico que se extiende mundialmente; y por otro, que la formación dual aún se halla en un estadio muy incipiente en España.
Investigación Descriptiva // Cualitativa
Detalle: Análisis cualitativo, teórico-descriptivo de la formación profesional dual en España.
Detalle:
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Desde una perspectiva comparativa, internacionalmente cada vez se acepta más la visión de la existencia de una gran variedad de modelos en los que se alterna la formación escolar y el aprendizaje en el puesto de trabajo, de origen muy diverso, que no puede reducirse a la hipótesis de una progresiva implantación de un modelo germánico que se extiende mundialmente.
No se ha enlazado tradición e innovación para desarrollar en España un método de formación de gran interés, sea cual sea la fórmula que se utilice, y que tiene un gran porvenir para regular la transición de los jóvenes a la vida activa
Una vez introducido en España el modelo dual, seguramente el principal obstáculo para su arraigo sean los aspectos culturales, tanto entre los reguladores y gestores como entre los principales actores: las empresas, los centros de formación y los alumnos y sus familias.
Los procesos de cambio cultural siempre son lentos, por lo que, seguramente, el desarrollo de este nuevo paradigma formativo llevará su tiempo. Por eso, tendría que haberse buscado un hilo conductor que enlazara con la tradición cultural de la formación profesional española para que se fueran introduciendo los nuevos conceptos progresivamente. Seguramente, el punto de mejor anclaje de la formación en alternancia podría ser la FCT y la reconversión de los programas de formación y empleo en el ámbito de la formación ocupacional.
Hay que sospesar hacia dónde quiere orientarse el sistema de formación profesional español: ¿hacia un modelo que tienda como tal a configurarse como un modelo en alternancia, o bien hacia un modelo mayoritariamente escolar, pero que abre una vía minoritaria complementaria basada en la alternancia? Es decir, ¿se quiere ir hacia un modelo de alternancia o hacia un programa de alternancia que conviva con un programa general de tipo escolar?
En el caso español, aunque parece que se ha optado por la segunda opción, se ha tomado una buena decisión al integrar los proyectos de formación dual en el marco de la regulación general de la formación profesional, con una visión unitaria e integrada. Es decir, no se ha optado por crear un programa concreto con una certificación o titulación específicas para estos programas, como se hizo en su día, de forma errónea, con las escuelas taller o con las casas de oficio.
Aspectos que se debería abordar con una evaluación en profundidad de las experiencias en curso de FPD.
El papel de los agentes sociales. Uno de los objetivos que debe conseguirse es una mayor implicación de las empresas en la formación de los profesionales del futuro, y por tanto, su implicación en el desarrollo de programas de alternancia es vital para su generalización.
La regulación del estatuto de los estudiantes-trabajadores. El contrato de formación y aprendizaje no se adapta bien a las necesidades de la regulación prelaboral de los jóvenes durante su estancia en la empresa en el marco de una formación en alternancia. El modelo de los convenios de prácticas no laborales podría servir de ejemplo para una regulación más acorde, que debería consensuarse en el ámbito del diálogo social entre los agentes sociales y la Administración pública.
La adaptación de la formación a las necesidades de las pymes. El tejido empresarial español es el que es, y por tanto, pensar que una pyme con menos de cinco trabajadores, como es el caso de la inmensa mayoría de las empresas españolas, puede asumir responsabilidades formativas es ilusorio si quiere construirse un sistema de calidad profesionalizante.
El papel de los tutores de empresa. Si la empresa debe asumir funciones más amplias de tipo formativo, debe prepararse el terreno para que sea factible. El papel de los tutores y las condiciones de su trabajo para ejercer esta función serán relevantes. Esto afectará a la negociación colectiva en la empresa o el sector, a la regulación de su formación y a su reconocimiento en el proceso evaluativo de los aprendizajes realizados.
Abordar todas estas cuestiones seguramente requiere reformular el Real Decreto 1529/2012 para abrir una nueva etapa con un nuevo impulso para la extensión de la formación en alternancia. Esto implicaría también agilizar los procesos de actualización del Catálogo Nacional de Cualificaciones, gestionado por el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), para facilitar la adaptación de la formación a las necesidades cambiantes de las empresas ante el rápido proceso de innovación productiva, tecnológica y organizativa.
El caso español presenta otra singularidad, ya que no solo se ha iniciado la introducción de la formación en alternancia en la formación inicial, sino que también se ha incorporado a los certificados de profesionalidad, quizá en menor extensión, debido, principalmente, a la rigidez de los contenidos formativos de los certificados, que no permiten un grado de flexibilidad como en la formación inicial, cuando debería suceder lo contrario, y seguramente también a la fuerte burocratización de su gestión a través de los servicios públicos de empleo. Ambos aspectos deberían revisarse para conseguir una mayor extensión de la formación en alternancia en esta importante área del sistema de formación.
Informes
Conocer cómo se gestiona la FPD en los centros que la imparte.
Informes
Recoger información de los proyectos de Formación Profesional Dual implantados en las Comunidades Autónomas.
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Cooperar es la capacidad de generar, a partir de dos esfuerzos, un beneficio mucho mayor que la suma de ambos.
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Este trabajo analiza la evolución de la formación profesional en España a lo largo del siglo XX y la introducción de la formación profesional dual en el año 2012 a través del RD 1529/2012, norma que modifica la alternancia de la formación entre centro educativo y empresa.
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La actual configuración del contrato para la formación y el aprendizaje tiene como objetivo básico la cualificación profesional de los trabajadores, fijándose para ello una determinada metodología, que no es otra que la del aprendizaje en alternancia, es decir, aquella que combina la actividad laboral retribuida en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
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