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Configuración de la FPIA.1 Evolución histórica
El presente artículo revisa una ley adelantada a su tiempo y sumamente ambiciosa en el momento en el que se creó: la Ley de Formación Profesional Industrial de 1955, que institucionaliza la figura del Aprendiz Industrial y del Maestro Industrial, al tiempo que se forja con el concierto de interlocutores sociales, de entre los que destaca la empresa.
Año:2015
Autor/es
Filiación:
Universitat de València
Comunidad Autónoma / Región:Comunidad Valenciana
Revista:Participación Educativa , Vol/nº: 4 (6) , Páginas: 107-111
Palabras clave: formación profesional,formación profesional continua,formación profesional ocupacional,aprendizaje,aprendiz
El presente artículo revisa una ley adelantada a su tiempo y sumamente ambiciosa en el momento en el que se creó: la Ley de Formación Profesional Industrial de 1955, que institucionaliza la figura del Aprendiz Industrial y del Maestro Industrial, al tiempo que se forja con el concierto de interlocutores sociales, de entre los que destaca la empresa. Ésta última adquiere un papel protagónico como escenario formativo de primer orden e insustituible para un proyecto educativo integral que contempla la Formación Profesional reglada, pero también la continua y la ocupacional. Para ello presenta una estructura dividida en tres apartados: en el primero se analiza, dentro de la organización escolar en la Formación Profesional Industrial, cuáles son las características idiosincrásicas de una ley decididamente integradora. En segundo lugar se reconocen cuáles son tanto las virtudes, como los obstáculos detectados en una ley ambiciosa que vivió en un contexto condicionado por muchos factores. Finalmente, se ofrecerán unas reflexiones, a modo de conclusión, que invitan a seguir conociendo y reconociendo a esta Ley incomparable en la historia de la formación profesional española.
Revisar la Ley de Formación Profesional Industrial de 1955 para la comprensión del significado histórico-educativo del nuevo diseño curricular y organizativo de la formación profesional de la década de los años cincuenta.
Investigación Descriptiva - Histórica-Normativa // Cualitativa.
Detalle: Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los Reales Decretos 1834/2008, de 8 de noviembre, y 860/2010, de 2 de julio, afectados por estas modificaciones. Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Detalle: Análisis documental.
Hay que reconocer que la Ley de Formación Profesional Industrial de la 1955 y el espíritu activista que la avalaba, supusieron un gran cambio para la formación profesional en España, y también para la formación ocupacional y la formación continua, puesto que constituyó el inicio de proyectos futuros en esta línea. Entre sus aciertos destacan las posibilidades de formación que se abrieron a muchos sectores de la población de los que anteriormente no se esperaba que alcanzaran ningún tipo de nivel educativo.
Junto a lo anterior, cabe destacar la notable mejora cualitativa de la formación recibida por el alumnado, fruto a su vez de las conexiones interministeriales correspondientes a los Ministerios de Educación y de Trabajo, cada uno desde sus propias competencias y bajo la fórmula de la concertación, hoy en día considerada como una de las claves estratégicas que augura una formación profesional de calidad. Pero, y al mismo tiempo, el acercamiento más estrecho a la empresa, a la que la Ley concedía un papel protagónico, constituye uno de los rasgos idiosincrásicos clave que vincula de forma muy clara la intencionalidad de la Ley con la LOGSE y aun con la ley actual. De esta manera, logró interesar a la empresa y contribuyó a desarrollar una formación profesional realista y vinculada a la realidad laboral, rasgo este que parece diluirse en la reforma que sigue a esta Ley, la Ley General de Educación de 1970. Además, y ratificando lo dicho, a lo anterior hay que sumar el interés que la Ley suscitó respecto a la necesidad de reglamentación definitiva de las titulaciones, para justificar de este modo que existiera siempre una vinculación real y efectiva entre el mundo educativo o formativo y el contexto que se halla necesariamente limítrofe al mismo, esto es, el mundo de la empresa.
Se finaliza citando a Acero (1983), que acaba avalando el que se considera como acierto más significativo de esta Ley, a pesar de los obstáculos financieros que la precedían: «...la Formación Profesional de Oficialía y de Maestría, a pesar de la pobreza de sus presupuestos, tanto en inversión como consultivos, realizó en su época el milagro de que por vez primera en este país se dispusiese de una mano de obra operacional y técnica verdaderamente cualificada» (p. 32).
A partir de aquí, en efecto, comienza el largo y tortuoso camino de la formación profesional y la lucha por una cualificación reconocida dentro y fuera del territorio español, camino en el que todavía nos hallamos.
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